
El periódico, en su "PARTE OFICIAL" y sección "GOBIERNO DEPARTAMENTAL", publica un bando de MARCOS DE ESPARZA, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL del Departamento de Zacatecas. Este bando comunica un decreto del Presidente constitucional de la República, José Joaquin de Herrera, que reforma los artículos 31 al 46 del título 4.º de las Bases de organización política de la República, relativos a la CÁMARA DE SENADORES. El decreto establece la nueva composición del Senado (sesenta y seis vocales divididos en tres clases), los requisitos para ser senador de cada clase, la forma de elección para cada clase (por Asambleas Departamentales, por todas las Juntas Departamentales para la segunda clase, y por postulación de la Cámara de Diputados, el Gobierno y la Suprema Corte de Justicia para la tercera clase), y el sistema de renovación por terceras partes cada dos años. Se incluyen disposiciones transitorias para la primera renovación total del Senado y las subsecuentes. Se comunica otro decreto del Presidente sobre la elección de senadores en los Departamentos donde no llegue oportunamente la ley sobre la nueva organización del Senado. También se incluye una comunicación del Gobernador Marcos de Esparza al Ministro de Relaciones Exteriores, Gobernación y Policía, fechada el 22 de agosto de 1845, en la que presenta su renuncia al gobierno del Departamento, y la respuesta del Presidente de la República instándole a continuar en el cargo, así como la contestación del Sr. Esparza aceptando permanecer por un tiempo más. Sigue con información de la "ASAMBLEA DEPARTAMENTAL", detallando la sesión extraordinaria del 26 de julio de 1845 donde se eligió al Sr. Lic. D. Mariano Fernandez de Castro como ministro para la Corte Suprema de Justicia. También se reporta la sesión del 23 de julio de 1845, donde se trataron diversos oficios, incluyendo solicitudes de asignación de premios, expedientes sobre denuncios de propiedades, informes sobre asignaciones de fondos, y la discusión de dictámenes sobre la derogación de un impuesto a la extracción de platas y la reglamentación de los estados que deben remitir los ayuntamientos. En la "PARTE NO OFICIAL. REMITIDO", se publica un comunicado de "Unos vecinos de Tlaltenango", fechado el 26 de septiembre de 1845, que incluye una comunicación de la Secretaría de Gobierno del Departamento de Zacatecas al prefecto del distrito de Tlaltenango, previniéndole no maltratar a los indígenas y atender sus reclamos; los vecinos agradecen esta protección. Finalmente, el editorial comenta la nueva ley de organización del senado, expresando una preferencia por la elección directa por las Asambleas Departamentales pero considerando la reforma como un ensayo de término medio. Se mencionan también las "ELECCIONES DE DIPUTADOS", informando sobre la instalación del colegio electoral y los candidatos para diputados al congreso general y para la Asamblea Departamental.
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